Términos y Condiciones Generales / Condiciones Generales de Pedido


Condiciones Generales de Contratación


para auditores y sociedades de auditoría

del 1 de enero de 2017

 

1 Alcance


    Las condiciones de contratación se aplican a los contratos entre los auditores de cuentas o sociedades de auditoría (en adelante denominadas colectivamente como “auditores”) y sus clientes para auditorías, asesoramiento fiscal, asesoramiento en materia económica y otros encargos, salvo que se haya acordado expresamente otra cosa por escrito o es obligatorio por Ley. Los terceros sólo pueden derivar reclamaciones del contrato entre el auditor y el cliente si esto ha sido expresamente acordado o resulta de normas legales obligatorias. Con respecto a dichas reclamaciones, estos términos y condiciones también se aplican a estos terceros.


 

2. Alcance y ejecución de la orden


    El objeto del pedido es el servicio pactado, no un éxito económico concreto. La orden se lleva a cabo de acuerdo con los principios de la correcta práctica profesional. El auditor no asume funciones de gestión en relación con sus servicios. El auditor no es responsable por el uso o implementación de los resultados de sus servicios. El auditor tiene derecho a utilizar expertos para llevar a cabo el encargo. Salvo en el caso de auditorías de empresas, la consideración de derecho extranjero requiere un acuerdo expreso por escrito. Si la situación de hecho o de derecho cambia con posterioridad a la realización de la declaración profesional final, el auditor no está obligado informar al cliente de cualquier cambio o de las consecuencias derivadas de los mismos.


 

3. Obligaciones del cliente de cooperar


    El cliente debe asegurarse de que todos los documentos y demás información necesarios para la ejecución del encargo sean enviados al auditor con la debida antelación y de que éste esté informado de todos los procesos y circunstancias que puedan ser importantes para la ejecución del encargo. Esto también se aplica a los documentos y otra información, procesos y circunstancias que solo se conocen durante la actividad del auditor. El cliente nombrará a las personas idóneas para proporcionar información al auditor. A petición del auditor, el cliente deberá confirmar la integridad de los documentos presentados y otra información, así como la información y explicaciones dadas en una declaración escrita formulada por el auditor.

 

 

4. Asegurar la independencia


    El cliente debe abstenerse de todo aquello que ponga en peligro la independencia de los empleados del auditor. Esto se aplica mientras dure la relación contractual, en particular para las ofertas de empleo o de asunción de funciones de directorio y para las ofertas de toma de pedidos por cuenta propia de empresas asociadas, a las que se aplican las normas de independencia de la misma manera que al auditor, en otros trabajos, el auditor tiene derecho a la terminación extraordinaria del trabajo.


 

5. Informes e información verbal


En la medida en que el auditor tenga que presentar los resultados por escrito como parte de la tramitación de la orden, esta declaración por escrito es la única que tiene autoridad. Los borradores de representaciones escritas no son vinculantes. A menos que se acuerde lo contrario, las declaraciones verbales y la información del auditor solo son vinculantes si se confirman por escrito. Las declaraciones y la información proporcionada por el auditor fuera de la comisión son siempre no vinculantes.

 

 

6. Revelación de una declaración profesional por parte del auditor


    La divulgación de declaraciones profesionales por parte del auditor (resultados del trabajo o extractos de los resultados del trabajo, ya sea en borrador o en la versión final) o la información sobre el trabajo del auditor para el cliente a un tercero requiere el consentimiento por escrito del auditor, a menos que el cliente deba divulgar o la información sea obligatoria debido a una ley o una orden oficial No se permite el uso de declaraciones profesionales del auditor y la información sobre las actividades del auditor para el cliente con fines publicitarios por parte del cliente.

 

7. Eliminación de Defectos


    En caso de defectos, el cliente tiene derecho a una actuación suplementaria por parte del auditor. Sólo puede reducir el pago o rescindir el contrato en caso de incumplimiento, omisión o negativa injustificada, irrazonabilidad o imposibilidad de ejecución supletoria; si el pedido no fue realizado por un consumidor, el cliente solo puede rescindir el contrato por defecto si los servicios prestados no le interesan por falla, omisión, irrazonabilidad o imposibilidad de ejecución posterior. En la medida en que existan reclamaciones por daños más allá de esto, se aplica el No. 9. El cliente debe hacer valer inmediatamente una reclamación para la eliminación de defectos en forma de texto. Las reclamaciones según el párrafo 1, que no se basen en un acto intencional, prescribirán después de un año desde el inicio del plazo de prescripción legal. El auditor puede corregirlas en cualquier momento, incluso a terceros. Las inexactitudes que sean capaces de cuestionar los resultados contenidos en la declaración profesional del auditor dan derecho al auditor a retirar la declaración, incluso de terceros. En los casos anteriores, el cliente debe ser oído previamente por el auditor si es posible.

 

 

8. Confidencialidad frente a terceros, protección de datos


    De acuerdo con la ley (§ 323 Párr. 1 HGB, § 43 WPO, § 203 StGB), el auditor está obligado a guardar secreto sobre los hechos y circunstancias que se le confían o que llegan a conocer en el curso de su actividad profesional , salvo que el cliente le exima de este deber de confidencialidad.Al tratar datos personales, el auditor observará la normativa nacional y europea de protección de datos.


 

9. Responsabilidad


    Las limitaciones legales aplicables de responsabilidad, en particular la limitación de responsabilidad del § 323 párrafo 2 HGB, se aplican a los servicios legalmente prescritos del auditor, en particular auditorías Excepciones a daños resultantes de lesiones a la vida, la integridad física y la salud, así como daños y perjuicios que justifican la obligación del fabricante de pagar una indemnización según § 1 ProdHaftG, se limitan a 4 millones de euros en el caso de un caso individual de daño causado por negligencia según § 54a Párrafo 1 No. 2 WPO El auditor también tiene derecho a alegaciones y objeciones de la relación contractual con el cliente frente a terceros Es la cantidad máxima especificada en el párrafo 2 para las reclamaciones pertinentes de todos los demandantes en total. También se da un solo caso de daño en el sentido del párrafo 2 con respecto a daños uniformes resultantes de varios incumplimientos del deber. El caso individual de daño incluye todas las consecuencias de un incumplimiento del deber, independientemente de que el daño se haya producido en un año o en varios años consecutivos. La multiplicidad de acciones u omisiones basadas en la misma o similar fuente de error se considera un incumplimiento uniforme del deber si los asuntos de que se trata están legal o económicamente relacionados. En este caso, el auditor sólo podrá ser reclamado hasta la cantidad de 5 millones de euros. La limitación a cinco veces la suma mínima asegurada no se aplica a las pruebas obligatorias establecidas por la ley. La reclamación por daños caduca si no se toman medidas legales dentro de los seis meses posteriores a la negativa por escrito a proporcionar compensación y el cliente ha sido informado de esta consecuencia. Esto no se aplica a las reclamaciones por daños que puedan atribuirse a una conducta intencionada, daños culposos a la vida, la integridad física o la salud, o daños que justifiquen la obligación del fabricante de pagar una indemnización en virtud del artículo 1 de ProdHaftG. El derecho a alegar la prescripción no se ve afectado.

 

 

10. Disposiciones complementarias para trabajos de auditoría


    Si el cliente modifica posteriormente los estados financieros o el informe de gestión que han sido auditados por el auditor y provistos de una opinión de auditoría, no podrá continuar utilizando esta opinión de auditoría. Si el auditor no ha emitido una opinión de auditoría, la referencia a la auditoría realizada por el auditor en el informe de gestión o en otro lugar destinado al público sólo se permite con el consentimiento por escrito del auditor y con la redacción aprobada por él. Si el auditor revoca la opinión de auditoría, el informe del auditor ya no podrá utilizarse. Si el cliente ya ha utilizado el informe del auditor, debe anunciar la revocación a solicitud del auditor.El cliente tiene derecho a cinco copias del informe. Las copias adicionales se cobrarán por separado.

 

 

11. Disposiciones Adicionales de Asistencia en Materia Tributaria


    El auditor tiene derecho a suponer que los hechos especificados por el cliente, en particular las cifras, son correctos y completos, tanto en el caso de asesoramiento sobre cuestiones fiscales individuales como en el caso de asesoramiento a largo plazo; esto también se aplica a las órdenes de contabilidad. No obstante, deberá poner en conocimiento del cliente las inexactitudes que haya detectado El encargo de asesoramiento fiscal no incluye las actuaciones necesarias para el cumplimiento de los plazos, salvo que el auditor haya aceptado expresamente el encargo para ello. En este caso, el cliente deberá presentar al auditor todos los documentos indispensables para el cumplimiento de los plazos, en particular las liquidaciones fiscales, con la debida antelación para que el auditor disponga de un tiempo razonable de tramitación.A falta de cualquier otro acuerdo por escrito, el asesoramiento fiscal continuado incluye la siguientes actividades comprendidas en el período del contrato: a) Elaboración de las declaraciones anuales del Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre Sociedades, así como del Impuesto sobre el Patrimonio, en base a las cuentas anuales a presentar por el cliente y demás listados y justificantes necesarios para la impuestos b) Revisión de liquidaciones de impuestos para los impuestos mencionados en a) c) Negociaciones con las autoridades fiscales en relación con las declaraciones mencionadas en a) y b) y decisión) Participación en auditorías fiscales y evaluación de los resultados de las auditorías fiscales con respecto a el inciso a) mencionado diez impuestos) Participación en procedimientos de objeción y queja respecto de los impuestos mencionados en el inciso a). En las tareas antes mencionadas, el auditor tiene en cuenta la principal jurisprudencia publicada y la opinión administrativa Si el auditor recibe una tarifa plana por asesoramiento fiscal continuo, las actividades mencionadas en el párrafo 3 letras d) y e) deben ser remunerados por separado a menos que se acuerde lo contrario por escrito Si el auditor también es un asesor fiscal y se debe aplicar el reglamento de remuneración del asesor fiscal para la evaluación de la remuneración, se puede acordar por escrito una tarifa superior o inferior a la remuneración legal. El impuesto sobre la renta, otros impuestos y derechos se deben a un orden especial. Esto también se aplica a a) la tramitación de asuntos fiscales puntuales, por ejemplo, en el área del impuesto sobre sucesiones, impuesto sobre transacciones de capital, impuesto sobre transmisiones patrimoniales, b) participación y representación en procedimientos ante los tribunales de jurisdicción financiera y administrativa como así como en materia penal fiscal, c) asesoramiento y peritajes en materia de conversiones, aumentos y reducciones de capital, reestructuraciones, entrada y salida de accionistas, enajenación de empresas, liquidaciones y similares yd) apoyo en el cumplimiento de obligaciones de notificación y documentación En la medida en que se asuma como actividad adicional la elaboración de la declaración anual del impuesto sobre las ventas, no pertenece a ésta la revisión de los requisitos contables especiales y la cuestión de si se han aprovechado todos los beneficios del impuesto sobre las ventas elegibles. No se asume una garantía para el registro completo de los documentos para la afirmación de la deducción del impuesto soportado.


 

12. Comunicaciones electrónicas


La comunicación entre el auditor y el cliente también puede realizarse por correo electrónico. Si el cliente no desea comunicarse por correo electrónico o tiene requisitos especiales de seguridad, como el cifrado de correos electrónicos, el cliente informará al auditor en forma de texto.

 

13. Compensación


    Además de su honorario o reclamación de honorarios, el auditor tiene derecho al reembolso de sus gastos; el impuesto a las ventas se cobrará adicionalmente. Puede exigir anticipos apropiados sobre la remuneración y el reembolso de los gastos y hacer depender la prestación de su servicio de la plena satisfacción de sus reclamaciones. Varios clientes son solidariamente responsables Si el cliente no es un consumidor, la compensación de las reclamaciones del auditor de remuneración y reembolso de gastos solo se permite con reclamaciones indiscutibles o legalmente establecidas.

 

 

14. Resolución de disputas


El auditor no está dispuesto a participar en procedimientos de solución de controversias ante una junta de arbitraje de consumidores en el sentido de la Sección 2 de la Ley de Solución de Controversias de Consumidores.

 

 

15. Ley aplicable



Solo se aplica la ley alemana al pedido, su implementación y las reclamaciones resultantes.